ESPECIALISTAS EN MEDIOS S.A. DE C.V.
Acota Corte el uso de fuerza pública.
viernes, 17 de marzo de 2017
AUTOR: Victor Fuentes GENERO: Nota Informativa
FUENTE: Reforma PÁGINA: 2
COSTO: $133,986.00
Versión

Invalidan Ministros fracción de la ley Ateneo'' Acota Corte el uso de fuerza pública Dejan 3 artículos intactos que habían sido impugnados por la CNDH VÍCTOR FUENTES Las autoridades no pueden recurrir en ningún caso al uso de la fuerza pública como primera opción para resolver conflictos o situaciones de riesgo.
Ayer, el pleno de la Suprema Corte de Justicia invalidó por unanimidad una fracción de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, conocida como "ley Ateneo".
El artículo 40 de la norma prevé que el uso de la fuerza es el último recurso; sin embargo, establece que "podrá usarse como primera opción, siempre que se cumplan los supuestos y condiciones que establecen esta ley y demás disposiciones jurídicas aplicables".
Esta porción fue anulada por los Ministros en la sesión de ayer, prácticamente sin discusión, luego de que otros tres artículos que habían sido impugnados por comisiones de derechos humanos quedaron intactos al no alcanzar la mayoría de ocho votos para su invalidez.
"La redacción del referido precepto normativo es, indubitablemente, un contrasentido que incide y vulnera los principios de absoluta necesidad y proporcionalidad, cuya observancia se pretende soslayar al incluirse expresamente la permisión del uso de la fuerza como la primera medida a la que podrán recurrir los miembros de la seguridad pública", dice la sentencia de la Corte.
"El uso de la fuerza, bajo ninguna concepción democrática y basada en los derechos del hombre, puede ser concebida como la primera opción a la que pueden recurrir los agentes del orden público en el desempeño de sus funciones", agrega Destaca que, si bien los agentes de seguridad tienen que tomar decisiones súbitas ante situaciones de violencia o riesgo extremo, es necesario que esten capacitados para que sus respuestas sean proporcionales, sin que el uso de la fuerza pueda estar previsto como la primera opción.
En discusiones previas, la mayoría de los Ministros consideró inconstitucionales fracciones de la ley que definen el concepto de "agresión inminente", que mencionan el uso de "armas incapacitantes" y que abren la posibilidad del empleo de "otros instrumentos" además de las esposas para controlar a personas que representan un peligro.
En todos los casos, la mayoría fue de 6 votos contra 5, por lo que las acciones de inconstitu cionalid ad fueron desestimadas y la ley permanecerá sin cambios.
Alberto Pérez Dayán, autor del proyecto, había propuesto invalidar la porción que permite el uso de candados de pulgares para controlar a individuos, pero todos los demás Ministros rechazaron la idea, pues no hubo impugnación de las comisiones de derechos humanos sobre este punto.
[tc]



 * Haga click para consultar la nota..
Enviar por correo electrónico:
 
  Su Nombre completo:..
  Correo(s) Destinatario(s)
[separados por ;]:
Asunto
 
  Comentarios: